Asociación Insular de Productores de Explotaciones Ganaderas de Calidad.
G35744176.
Asociación Insular De Productores De Explotaciones Ganaderas De Calidad
G35744176 Asoc Ins.Produc.De Exp.Ganad.De Calidad
Asociación Insular De Productores De Explotaciones Ganaderas De Calidad
G35744176 Asoc Ins.Produc.De Exp.Ganad.De Calidad
ÓRGANOS DE GOBIERNO
La Junta Directiva podrá estar compuesta por:
AI amparo del artículo 4? de la Ley 19/1977 de 1 de abril sobre regulación del derecho de Asociación Sindical y del artículo 1% – 2. el Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, se constituye la «Asociación Insular de Productores de Explotaciones Ganaderas de Calidad», sin fines lucrativos, que en lo sucesivo en estos Estatutos se denominará «ASOCIACION», quedando integrada en la Federación Interinsular de la Pyme (FELAPYME).
La Asociación tendrá ámbito Insular, pudiendo integrar a todas las personas físicas O Jurídicas que ejerzan la actividad empresarial ganadera en la Isla de Lanzarote y soliciten libremente su adhesión.
Existe un total de 16 obligaciones sobre información a publicar por parte de las entidades privadas que hayan percibido las subvenciones detallas en el apartado anterior y son las siguientes:
Nº | Tipo de información | Categoría | Obligación |
1º | Organizativa | Estructura orgánica | Normativa aplicable a la entidad. |
2º | Organizativa | Estructura orgánica | Información relativa a las funciones y competencias, al objeto social o al fin fundacional de la entidad. |
3º | Organizativa | Estructura orgánica | Organigrama de la entidad. |
4º | Administradores y directivos | Administradores y directivos | Identificación, perfil, méritos académicos y trayectoria profesional. |
5º | Administradores y directivos | Administradores y directivos | Retribución percibida anualmente, articulada en función de la clase o categoría del órgano y especificando la dedicación mínima exigida en caso de dedicación parcial. |
6º | Servicios y procedimientos | Procedimientos | Descripción del uso del canal interno de información de la Ley 2/2023, y principios esenciales del procedimiento de gestión |
7º | Económico-financiera | Información presupuestaria y contable | Cuentas anuales que deban rendirse por la entidad (balance, cuanta de pérdidas y ganancias y memoria, y en su caso estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio neto), y cuando proceda liquidación del Presupuesto. |
8º | Económico-financiera | Información presupuestaria y contable | Informes de auditoría de cuentas.. [En el caso de que la entidad no esté obligada a auditar sus cuentas, se recomienda especificar el porqué en el portal de transparencia]. |
9º | Contratos | Contratos formalizados con entidades públicas | Denominación y objeto; duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los que, en su caso, se haya publicitado; número de licitadores/ras participantes en el procedimiento, e identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
10º | Contratos | Contratos formalizados con entidades públicas | Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
11º | Contratos | Contratos formalizados con entidades públicas | Modificaciones de los contratos formalizados. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
12º | Contratos | Relación de contratos resueltos con entidades públicas | Decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
13º | Contratos | Información trimestral de contratos menores con entidades públicas | Relación de contratos menores: denominación y objeto; duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los que, en su caso, se haya publicitado; número de licitadores/ras participantes en el procedimiento, e identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato.[Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
14º | Convenios y encomiendas de gestión | Convenios con entidades públicas | Partes firmantes y denominación del convenio; objeto, con indicación de las actuaciones o actividades comprometidas; plazo y condiciones de vigencia; órganos o unidades encargadas de la ejecución y obligaciones económicas/financiación, con indicación de las cantidades que corresponden a cada una de las partes firmantes.[Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
15º | Convenios y encomiendas de gestión | Convenios con entidades públicas | Modificaciones realizadas durante la vigencia: objeto y fecha. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco]. |
16º | Ayudas y subvenciones | Relación de ayudas y subvenciones percibidas de Administraciones públicas | Importe; objetivo o finalidad, y administración concedente. Además, las entidades citadas en el artículo 3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública de Canarias, deberán publicar también lo siguiente: Descripción de la finalidad y objetivos o logros alcanzados con la subvención o ayuda: Se referirá al proyecto concreto subvencionado o, en el caso ser genérica para el funcionamiento o sostenimiento de la entidad por problemas o crisis sobrevenidas, a la actividad de la propia organización que ha podido mantener en el tiempo por los efectos de la ayuda pública recibida. |